LOS HOMBRES TAMBIÉN SUFREN VIOLENCIA Y LA PERSPECTIVA DE GÉNERO TAMBIÉN LOS PROTEGE

Hablar de violencia y perspectiva de género suele llevarnos, de manera inmediata y necesaria, a pensar en las mujeres. No es casualidad.

Durante décadas, las mujeres hemos enfrentado desigualdades estructurales, violencia y discriminación que han requerido respuestas jurídicas específicas. Y es por eso que La perspectiva de género surgió, precisamente, como una herramienta para  identificar esas desigualdades, cuestionar estereotipos y garantizar el acceso efectivo a la justicia.

Pero existe una idea que debemos revisar: La perspectiva de género no significa que los hombres no puedan ser víctimas. Por lo tanto tampoco significa que toda controversia en la que participe una mujer deba resolverse automáticamente a su  favor. Mucho menos significa que la palabra de un hombre deba tener menor valor por el simple hecho de ser hombre.

La perspectiva de género correctamente aplicada, nos permite identificar cómo los roles, estereotipos y relaciones de poder asociados al género pueden afectar los derechos de las personas. Claro que también puede ocurrirle a los hombres.

Constantemente escuchamos frases como: “Los hombres no lloran”, “Un hombre debe aguantar.”, “Él puede defenderse.” , “Si se quedó, es porque quiso.” “Un hombre no puede ser víctima de violencia de pareja.”, “¿Cómo va a tener miedo de una mujer?”, “Seguramente exagera.”

Son frases aparentemente cotidianas, pero detrás de ellas existe un estereotipo. Y justamente es el estereotipo de que los hombres deben ser fuertes, proveedores, emocionalmente resistentes y capaces de enfrentar cualquier situación sin pedir ayuda. Y cuando un hombre se encuentra en una relación violenta, esos mismos estereotipos pueden convertirse en una barrera para denunciar, pedir protección o incluso reconocerse como víctima.

Debemos comprender que la violencia no desaparece porque la víctima sea hombre. Por que SI, existe violencia contra los hombres. Un hombre puede ser víctima de violencia física, psicológica, sexual, económica, patrimonial o familiar.

Claro que puede ser controlado, humillado, amenazado, aislado de sus redes familiares, despojado de recursos económicos o utilizado dentro de conflictos relacionados con sus hijas e hijos, puede experimentar violencia psicológica mediante amenazas, chantaje o descalificación constante, también puede ser víctima de violencia física. Y claro que puede enfrentar violencia sexual. Y es que, precisamente por los estereotipos masculinos, esto hace que resulten difíciles de reconocer socialmente.

Es importante precisar que no significa en absoluto desconocer que las mujeres enfrentan violencia de manera diferenciada ni ignorar las desigualdades estructurales que justifican políticas específicas de protección.

Significa reconocer algo elemental Los Derechos Humanos pertenecen a todas las personas. Y quizá qué en este punto te estas preguntando ¿Qué tiene que ver aquí la perspectiva de género?

Mucho, puesto que La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha explicado que juzgar  con perspectiva de género implica analizar los posibles estereotipos, roles, relaciones asimétricas de poder y circunstancias particulares que pueden influir en un conflicto independientemente de que seas hombre o mujer. 

Existe una precisión particularmente importante: EL MANUAL PARA JUZGAR CON PERSPECTIVA DE GÉNERO DE LA SCJN , en materia familiar y de hecho en todas las materias señala expresamente que esta metodología no debe reducirse  únicamente a casos en los que estén involucradas mujeres.

Esto es fundamental dentro de un litigio porque si un juez parte de la idea de que: “Un hombre, por ser hombre, necesariamente tiene mayor fuerza, mayor capacidad económica o mayor capacidad para defenderse”, También está utilizando un estereotipo de género. Y los estereotipos pueden perjudicar.

Es así que la propia SCJN ha identificado casos en los que una visión estereotipada de la masculinidad afectó la valoración de la aptitud de un padre para ejercer su paternidad, precisamente porque se asumió que sus responsabilidades laborales podían hacerlo menos apto para cuidar a su hija. La Corte señaló que ese tipo de razonamiento reproduce roles de género que también afectan a los hombres.

Un padre no es solamente un proveedor, Ni una Mujer solo cuidadora. En materia familiar esto adquiere una relevancia especial, puesto que durante generaciones se construyó una idea de paternidad basada principalmente en el papel económico: El padre provee; la madre cuida.

Porque reducir la paternidad a una obligación económica , deja en segundo plano su dimensión afectiva, de crianza y de cuidado. Cuando un padre quiere participar activamente en la vida cotidiana de sus hijos, no debería ser visto como alguien que “ayuda” a la madre. Está ejerciendo su responsabilidad parental.

Cuando desea acudir a una consulta médica, asistir a una reunión escolar, preparar alimentos, cuidar a sus hijos cuando están enfermos o simplemente estar presente, no está haciendo “trabajo de mamá”. Está siendo padre.

Quizá uno de los errores más frecuentes es pensar que reconocer la violencia que sufren los hombres implica minimizar la violencia contra las mujeres. Claramente esto NO ES CIERTO. Los derechos humanos no funcionan como una competencia.

Reconocer que un hombre puede ser víctima no borra la violencia que viven las mujeres.

Eso es perspectiva de género.

Aquí aparece un principio fundamental: la prueba, La perspectiva de género tampoco significa abandonar el debido proceso. No significa creer automáticamente a una persona y desestimar a la otra. Significa investigar y valorar los hechos libres de prejuicios y estereotipos.

La SCJN ha señalado que la perspectiva de género exige identificar contextos de violencia y desigualdad y, cuando resulte necesario, allegarse de elementos que permitan esclarecerlos. ElDerecho justamente funciona así, La verdadera igualdad.

La igualdad no consiste en fingir que hombres y mujeres siempre viven las mismas circunstancias, consiste en reconocer las diferencias relevantes cuando existen, identificar las desigualdades que necesitan ser corregidas y evitar que el género se convierta en una razón para negar derechos.

El Derecho Familiar no debería funcionar desde la lógica de “hombres contra mujeres”, también los hombres tienen derecho a ser escuchados. Creo que debemos construir una conversación mucho más madura, una conversación donde podamos hablar de violencia contra las mujeres sin negar la violencia contra los hombres.

Donde podamos hablar de perspectiva de género sin convertirla en una etiqueta partidista. Donde podamos proteger a las víctimas sin importar su sexo. Donde podamos combatir los estereotipos que afectan a las mujeres y también aquellos que impiden a los hombres reconocerse como víctimas. Y sobre todo donde dejemos de mirar a madres y padres como adversarios naturales. Porque cuando existen hijas e hijos, el objetivo no debería ser que uno de los adultos “gane”. El objetivo debe ser proteger derechos. Pues una sociedad verdaderamente igualitaria no necesita elegir entre proteger a mujeres o proteger a hombres. Necesita garantizar que ninguna persona sea invisible frente a la violencia por razón de su género.

Y concretamente en mi ejercicio de Derecho Familiar, las madres tienen derechos, los padres tienen derechos y, por encima de cualquier conflicto entre adultos, están los derechos de niñas, niños y adolescentes.

La justicia no debe proteger estereotipos, Debe proteger personas. Ahí comienza, para mí, una Justicia con Enfoque Humano.

Mariana Franco Abogada y mediadora familiar con perspectiva de género. Acompaña a personas y familias en procesos legales complejos con ética, sensibilidad y firmeza, priorizando la dignidad y la justicia.

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